Normativa de cesión y utilización de la Sala de Exposiciones 'Ángeles Santos'

La cesión y utilización de la Sala de Exposiciones Ángeles Santos, de la Casa de la Cultura Carmen Conde, de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Majadahonda, se regirá por la siguiente normativa:

Art. nº. 1.- Podrán utilizar la Sala de Exposiciones “Ángeles Santos” de la Casa de la Cultura de Majadahonda todos aquellos artistas que individual o colectivamente deseen exponer su obra. No podrá ser solicitada a través de galerías, agentes o intermediarios. Para ello, deberán presentar al menos 15 fotografías de las obras que realizan y que vayan a ser expuestas, en papel o en formato digital (JPGE o TIFF), un currículo y completar los datos que en la hoja de solicitud adjunta se solicitan.

Art. nº. 2.- Una Comisión Seleccionadora se encargará de examinar las solicitudes presentadas determinando la celebración de estas exposiciones, atendiendo a criterios artísticos y de calidad de las obras a exponer.

Art. nº. 3.- Al presentar la solicitud se podrá sugerir una fecha de celebración, siendo en último lugar la Concejalía de Cultura quien fijará la fecha concreta de la exposición.

Art. nº. 4.- Las exposiciones se inaugurarán en el día y la hora que establezcan los responsables del Plan de Exposiciones, de acuerdo con los criterios de la Concejalía de Cultura y del artista. La duración de cada exposición no podrá sobrepasar los diez días, siendo en último caso los responsables del Plan de Exposiciones, quienes establezcan la duración de la misma.

Art. nº. 5.- La Sala se entregará dos días antes de la inauguración de la exposición para que se pueda proceder al montaje de la misma. Tanto el montaje como el desmontaje de la exposición correrán a cargo del propio artista, quien deberá ajustarse al horario de apertura y cierre de la Casa de la Cultura, no pudiendo bajo ningún concepto sobrepasarlo. De igual modo se establecerán los horarios de visita de la exposición, que seguirán observando la norma de no sobrepasar los tiempos de apertura y cierre de la Casa.

Art. nº. 6.- Todos los transportes que la exposición pudiera conllevar correrán a cargo del artista, así como todos los materiales que el artista quiera emplear para su montaje y que el Centro Cultural no disponga de ellos. No se podrán realizar o utilizar taladros, clavos u otros métodos de sujeción que no sean facilitados por la Concejalía de Cultura sin expreso consentimiento de su Director Técnico. Aquellos materiales u objetos que sean propiedad del Centro Cultural y que sirvan para montar la exposición podrán ser solicitados por el artista y serán cedidos siempre que estén disponibles.

Art. nº. 7.- Tanto el número de obras como su distribución en la Sala se realizará bajo criterios estéticos y artísticos. Estos criterios serán los del propio artista y los de los responsables del Plan de Exposiciones. En caso de que no haya acuerdo entre ambas partes prevalecerán los criterios de la última de ellas.

Art. nº. 8.- El expositor se hará responsable de la conservación de la Sala, así como de su seguridad y vigilancia de las obras. En último extremo, el artista se responsabilizará de los posibles deterioros que sufra la obra, tanto en el transporte como durante la exposición de la misma.

Art. nº. 9.- Una vez finalizada la exposición deberá ser retirada en plazo máximo de un día a partir de la fecha en que se clausure, debiendo dejar la Sala en el mismo estado en que se le cedió. En caso de deterioro de las instalaciones o del material prestado, el artista expositor se hará responsable de sufragar los gastos que supongan las reparaciones o la restitución de los materiales deteriorados.

Art. nº. 10.- En el caso de que el artista quiera realizar un catálogo, folleto o invitación de la exposición, respetará siempre los criterios estéticos, de imagen corporativa municipal y publicidad que la Concejalía de Cultura determine.

Art. nº. 11.- A la inauguración de la exposición se deberá invitar a toda la Corporación Municipal así como a todas aquellas personas físicas o jurídicas que los responsables del Plan de Exposiciones estimen oportuno.

Art. nº. 12.- Todo artista al que se ceda la Sala de Exposiciones está obligado a ceder una obra en propiedad al Ayuntamiento para que forme parte del Patrimonio Artístico Municipal. En el caso de exposiciones colectivas se seguirá el siguiente criterio:

  • Exposiciones de entre 2 y 5 expositores: cederán 2 obras, cada una de ellas de distinto expositor.
  • Exposiciones de entre 6 y 10 expositores: cederán 3 obras, cada una de ellas de distinto expositor.
  • Exposiciones de más de 10 expositores: cederán 4 obras, cada una de ellas de distinto expositor

El Ayuntamiento se compromete a conservar y catalogar cada obra, no pudiéndola vender ni desprenderse de ella salvo que se ceda a alguna institución pública.

Art. nº. 13.- Es requisito indispensable para utilizar la Sala de Exposiciones la total aceptación de todos y cada uno de los artículos de la presente Normativa. El incumplimiento de cualquiera de estos artículos podría originar la anulación de la exposición y en su caso, las posibles acciones legales que pudieran derivarse.

 

Plazo de solicitud: Del 1 de febrero al 22 de marzo del 2024  para las exposiciones del año 2025. (Finalizado plazo de solicitud)

¿Cómo puedo solicitar la utilización de la Sala?