angle-left Solicitud para la Utilización del Salón de Actos de la Casa de Cultura

 

La Casa de la Cultura; “Carmen Conde”, de Majadahonda, es la principal infraestructura Cultural de la Ciudad, y en su interior alberga el Teatro – Salón de Actos, donde se celebran los principales espectáculos de música, teatro y danza del municipio, destinados a los vecinos de la ciudad de Majadahonda.

Por ello, la principal finalidad de este teatro es realizar en él una programación de calidad, habitual y generalista como Espacio Cultural, que es.

Además de esta finalidad principal, desde el Ayuntamiento y a través de la Concejalía de Cultura, cumplimos con los criterios sociales que les corresponden a las instituciones municipales compartiendo esta instalación con la ciudad de Majadahonda a través de las entidades de interés público, para que puedan realizar en el Teatro – Salón de Actos, otras actividades, siempre que no esté ocupada con la programación Cultural.

 

¿Quién lo puede solicitar?

Podrán solicitar el Teatro - Salón de Actos todas aquellas entidades sociales y culturales y colegios que deseen desarrollar en él actividades apropiadas a su uso y a sus instalaciones. La Dirección podrá desestimar todas aquellas solicitudes que, a su juicio, no se ajusten o adecuen al Teatro - Salón de Actos o puedan poner en peligro sus instalaciones y equipos.

Considerando los propósitos sociales y culturales del Centro, las actividades a desarrollar en él no podrán tener carácter lucrativo de ningún tipo. Será requisito el carácter o transcendencia pública de la actividad. 

En el caso de los partidos políticos, no están autorizados para la celebración de actos, ni de carácter interno, ni externo, con excepción de los periodos de campaña electoral establecidos y previa autorización de la respectiva Junta Electoral.

 

¿Existe un plazo para solicitarlo?

El plazo de solicitud de utilización del Salón de Actos, será como mínimo, de treinta días de antelación respecto a la fecha de celebración del acto solicitado.

 

¿Tiene algún coste?

Deberán abonarse, previo al desarrollo del acto, las tasas correspondientes (más información), que se calcularán una vez presentada y aprobada la solicitud.

Toda entidad que sea autorizada para el uso o la celebración de alguna actividad en el Teatro - Salón de Actos, deberá de ingresar una fianza del 50% del total de las tasas en la Tesorería- Depositaría Municipal. El ingreso de esta fianza tendrá que realizarse en un plazo máximo de tres días hábiles tras la notificación de la autorización, remitiéndose a la mayor brevedad posible el justificante del abono a la Concejalía de Cultura, a través de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Transcurrido dicho plazo, la entidad perderá todos los derechos de utilización del Salón de Actos, entendiéndose que no utilizarán el salón.

Una vez desarrollado el acto y verificada la correcta utilización de instalaciones y equipos, así como la ausencia de desperfectos, se procederá a la devolución de la fianza.

 

¿Qué documentos tengo que presentar?

 

¿Cómo relleno el impreso?

Puede imprimir este formulario, para su cumplimentación y presentación física, o guardarlo en formato .pdf en su ordenador y enviarlo a través del correo electrónico. Para esto último, es imprescindible tener instalada en su equipo el programa gratuitoAcrobat Reader DC.

IMPORTANTE: Antes de rellenar los campos, debe:

  1. Descargar el formulario y guardarlo en el ordenador.
  2. Abrir el Adobe Acrobat desde su equipo. 
  3. Abrir el formulario y rellenar los campos. 
  4. Una vez cumplimentado, guarde los cambios.

Si no se realizan estos pasos, el formulario no guardará los datos. Antes de remitir el fichero, recomendamos volver a abrir el archivo para comprobar que el formulario, una vez relleno y salvado, contiene toda la información.

 

¿Dónde puedo presentar la solicitud?

  • Presencialmente, en el propio Centro Cultural, en horario de información al público.
  • A través del correo electrónico cultura@majadahonda.org.
  • A través de cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.